24 de septiembre de 2025
Gobierno actualiza reglamentación del servicio de transporte de carga
«Se firmó un decreto para modificar, adicionar y derogar artículos del Decreto 1079/15, con el fin de actualizar las normas que regulan el servicio público de transporte terrestre automotor de carga. La nueva normativa establece condiciones homogéneas para el registro de vehículos, la habilitación de empresas y la modernización del parque automotor, buscando mayor eficiencia, seguridad y control en la operación del sector.
Entre los principales cambios se incluye la obligación de registrar en el Sistema de Información de Costos Eficientes del Transporte Automotor de Carga (SICE-TAC) el “valor a pagar” por cada viaje, garantizando que no sea inferior a los costos mínimos definidos por el Ministerio de Transporte. Además, se fortalecen los mecanismos de control, vigilancia y pesaje en carretera, así como los plazos de pago a los propietarios de los vehículos, quienes deberán recibir la remuneración dentro de cinco días hábiles después del servicio.
La norma también actualiza los requisitos para la habilitación de empresas transportadoras, exigiendo capital mínimo, estructura organizacional, mecanismos de control de flota y pruebas de idoneidad financiera. Se establecen reglas para contratos de vinculación, tiempos máximos de cargue y descargue y sanciones por incumplimiento, con el propósito de evitar inequidades en el mercado y promover la libre competencia
Asimismo, se definen nuevas condiciones para el registro inicial de vehículos de carga con peso bruto superior a 3,5 toneladas. Este trámite podrá realizarse mediante reposición por desintegración de otro automotor o mediante un aporte del 25 % del valor comercial al Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico (Fopat), destinado a financiar programas de modernización y descarbonización del transporte.»
Tomado de: Ámbito JurÍdico.
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