Los Ministerios de Salud y Protección Social y de Transporte imparten algunas orientaciones relacionadas con el aforo para la operación de las modalidades de Servicio Público de Transporte de Pasajeros.
(…) «Los Ministerios de Salud y Protección Social y de Transporte, en el marco de sus competencias legales y reglamentarias, en especial las previstas en el Decreto Ley 4107 de 2011 y el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto 087 de 2011, respectivamente, consideran necesario impartir algunas orientaciones relacionadas […]